Directrices para la asignación del ISBN a los libros electrónicos y a otras «aplicaciones» (apps) de lectura
El ISBN es un identificador de las publicaciones monográficas (libros) y productos relacionados que están a disposición del público en general. El ISBN no se debería utilizar para identificar los archivos que se trasmiten entre los editores y las fotomecánicas o los servicios de conversión de libros electrónicos, ni debe identificar entidades abstractas como el texto de una obra (contenido).
Las publicaciones necesitan ISBN diferenciados siempre que cualquiera en la cadena de suministro necesite distinguirlos inequívocamente.
Los usuarios finales necesitan saber: a) si el libro electrónico que están comprando funcionará en su dispositivo o su aplicación, y b) lo que podrán hacer con él (por ejemplo, copiar, imprimir, prestarlo, etc.). Estos aspectos quedan definidos normalmente por una combinación del formato de archivo con el programa de gestión de derechos digitales (GDD) —o digital rights management, («DRM») —. Los ISBN diferenciados facilitarán la gestión, difusión y búsqueda de información sobre un libro electrónico, así como la entrega de su versión adecuada.
También facilitarán la inclusión de las distintas versiones de libros electrónicos en las bases de datos comerciales, en los informes de ventas y de uso y en las transacciones de comercio electrónico, especialmente si se venden en formatos múltiples a través de un mismo canal.
Preguntas más frecuentes de editores e intermediarios sobre los libros electrónicos
1. Si publico en dos o más formatos diferentes un libro electrónico (por ejemplo, ePub y PDF), ¿debo asignarles números ISBN distintos?
Sí, cada formato de una publicación electrónica que se publica y está disponible por separado debe tener un ISBN único.
2. Las diferentes versiones de un libro electrónico que utilizan el mismo formato de archivo (por ejemplo, ePub), ¿han de tener ISBN diferentes?
Si las distintas versiones utilizan el mismo programa GDD (por ejemplo, Adobe ACS4) con funcionalidades muy parecidas y pueden ser leídos en diferentes dispositivos o con diferentes aplicaciones, se utilizará un único número ISBN. Sin embargo, si el mismo programa GDD se usa en distintas versiones de un libro electrónico pero estas tienen funcionalidades significativamente diferentes (por ejemplo, una permite imprimir y la otra no), entonces cada versión debe tener su ISBN diferente.
Si se utiliza un GDD propietario que vincula una versión a una plataforma, un dispositivo o una aplicación específico y se decide asignar números ISBN (ver pregunta número 6), estos deben ser diferentes para cada versión.
3. Supongamos un contenido idéntico: ¿cuáles son las características que distinguen los diferentes libros electrónicos y determinan si se requieren ISBN distintos?
Hay que tener en cuenta dos aspectos principales: a) si es necesario un dispositivo o aplicación específico para leer el libro electrónico, y b) qué funcionalidades se proporciona al usuario (por ejemplo, copiar, imprimir, prestar, etc.). Como se ha dicho más arriba, esto suele quedar definido por la combinación del formato de archivo con el programa de gestión de derechos (GDD).
4. ¿Existe alguna norma para describir los diferentes formatos de producto y las características del GDD?
ONIX for Books es la norma internacional para representar y comunicar la información de producto de la industria del libro en formato electrónico. La última versión (3.0), que ha mejorado la gestión de las publicaciones digitales, proporciona estructuras para describir detalladamente el formato de producto y las limitaciones de uso derivadas de la gestión de derechos (GDD). Incluso si usted no utiliza ONIX, puede usar los códigos estándar para describir el formato de producto y las limitaciones de uso que figuran en las secciones pertinentes de la versión 12 de las listas de códigos (tipo de contenido de producto: lista 81; códigos GDD: listas 144 a 147; detalle del formato de producto: lista 175).
Hay más información sobre ONIX for Books 3.0 y las listas de códigos en http://www.editeur.org/93/Release-3.0-Downloads y sobre ONIX en español en http://www.dilve.es/dilve/dilveweb/dilve_onix.jsp
5. Si, como editor, entrego un solo archivo máster a un servicio de conversión y no controlo las diferentes combinaciones de formato de archivo y GDD que proporciona ese servicio a los minoristas, ¿debería asignar un ISBN a ese archivo máster?
No, a menos que ese archivo también se esté poniendo a disposición del público exactamente de la misma forma que su archivo máster (es decir, con un formato de archivo sin cambios y sin aplicar GDD). Debe asignar números ISBN diferentes para cada versión generada por el servicio de conversión (véase también la pregunta número 6). Si su antiguo sistema informático requiere un ISBN para identificar un archivo máster, entonces ese ISBN debe ser utilizado como un identificador puramente interno, para evitar la posibilidad de que varias versiones diferentes lleven el mismo ISBN.
6. Si mis libros electrónicos son distribuidos por un minorista que usa un formato propietario solo disponible en su sitio web (por ejemplo, Amazon Kindle o Apple i-Bookstore) y ese minorista no requiere ISBN, ¿debo asignárselo yo a las versiones?
No es necesario hacerlo, a menos que sea útil para sus propios fines o usted desee que las versiones sean referenciadas en bases de datos de libros electrónicos disponibles elaboradas por terceros. Sin embargo, dado que estas plataformas no suelen ser compatibles, si asigna números ISBN asegúrese de que son exclusivos de cada versión, así evitará problemas en el caso de que esas versiones estén luego disponibles a través de terceros.
7. Si ofrezco un servicio de conversión de libros electrónicos a las editoriales pero estas no asignan ISBN diferenciados para cada versión que yo genero, ¿qué debo hacer?
En tal caso, si un editor no proporcionara ISBN a los intermediarios, estos podrán asignar los suyos propios como último recurso. Para ello las agencias del ISBN les proporcionarán prefijos ISBN. En tal caso los ISBN utilizados por los intermediarios y los metadatos relacionados deberán ser siempre puestos en conocimiento de la editorial, de la agencia nacional del ISBN y de otras agencias bibliográficas.
Tenga en cuenta que la asignación de un ISBN no tiene consecuencias en los derechos de propiedad.
8. Los dispositivos de lectura de libros electrónicos ofrecen diferentes características, como el tamaño de la letra, la función de lectura hablada, los marcadores, los colores, etc. Aunque mi contenido, mi formato de archivo y el GDD aplicado son los mismos, la experiencia del usuario varía en función del dispositivo utilizado. ¿Cómo afecta esto a la asignación de ISBN?
Si ni el contenido ni el formato de archivo ni el GDD y los ajustes se han modificado, ninguna variación que dependa del dispositivo o de la aplicación utilizado para leer el libro electrónico tiene repercusiones en el ISBN.
Tenga en cuenta que la provisión de imágenes en blanco y negro o en color en diferentes publicaciones electrónicas destinadas respectivamente a dispositivos monocromáticos o en color conlleva un cambio de contenido (y por tanto, de ISBN). Sin embargo, si se ofrecen las imágenes en color pero un dispositivo en particular tiene pantalla monocromática, esto constituye una simple limitación del dispositivo y no implica un segundo ISBN.
9. Un libro electrónico mejorado que incluya contenidos adicionales de audio, vídeo u otros, ¿debe tener un ISBN diferente al del libro electrónico simple?
Sí. Puesto que se incluyen contenidos extras en el libro electrónico mejorado, se trata claramente de un producto diferente y por lo tanto debe tener un ISBN propio.
10. ¿Puede una «aplicación electrónica de lectura» (e-book app) —como las del iPhone, el Android, etc.— tener un ISBN?
Sí, siempre que el contenido textual sea significativo. Una aplicación electrónica de lectura («e-book app») es simplemente la combinación de un contenido (textual y de otro tipo) y de un programa. Si el componente del programa es diferente (por ejemplo, dirigido a diferentes sistemas operativos), cada versión debe tener un ISBN distinto. No obstante, no deje de mirar la pregunta número 6 de más arriba. Si la aplicación sólo está disponible a través de un único canal, puede que no se necesiten ISBN.
11. Voy a publicar dos versiones de un libro electrónico, una sin GDD y otra con un GDD «amistoso» que no impone ninguna restricción al usuario (por ejemplo, marcas de agua). ¿Necesito dos ISBN diferentes?
No. Si el GDD «amistoso» no conlleva restricciones ni entorpece significativamente la experiencia del usuario, entonces resulta inapreciable para él y no es necesario un ISBN diferente.
12. ¿Cómo pueden relacionarse todas las versiones de un libro electrónico entre sí?
El ISTC (International Standard Text Code) es un nuevo identificador ISO que reconoce el contenido textual subyacente al libro por lo que lo comparten todas las manifestaciones físicas y digitales de un mismo título. La asignación de códigos ISTC facilitaría la vinculación de todas las versiones, y con la adición de un filtro, como puede ser el formato del producto, también podría utilizarse para relacionar todas las versiones de un libro electrónico. Algunos sistemas ya usan un identificador interno para proporcionar esta funcionalidad, pero esta solución no se puede utilizar en la cadena de suministro.
Tenga en cuenta que el uso del ISTC también facilita la trasmisión de los metadatos «heredados» desde el nivel de la obra al nivel de su manifestación y permite ahorrarse la reintroducción de datos.
La información sobre el ISTC está disponible en http://www.istc-international.org
13. ¿Cómo puedo identificar capítulos sueltos u otras partes de un libro que tengo intención de distribuir por separado?
Si usted pretende distribuir por separado capítulos u otras partes de un libro a través de la cadena de suministro normal y quiere que figuren en las bases de datos comerciales, debe considerarlos publicaciones individuales y asignarles un ISBN. Si sólo van a estar disponibles a través de un único canal, como el sitio web de la editorial, será suficiente con los identificadores propietarios internos.
Agencia internacional del ISBN (http://www.isbn-international.org)
Noviembre del 2010
Documento traducido por la Agencia del ISBN en España con la supervisión de la Fundéu BBVA (http://www.fundeu.es)
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Por favor nos interesa tu opinión...